Normativa DGT para patinetes eléctricos y bicis urbanas

Guía rápida del Real Decreto 518/2026: conoce el equipamiento obligatorio (cascos, chalecos reflectantes y luces) para circular seguro y sin multas.

Dos personas en patinetes eléctricos por la ciudad

Con la incorporación de la reforma del Reglamento General de Circulación (aprobada mediante el Real Decreto 518/2026 y en vigor desde el 1 de octubre de 2026), el enfoque de la DGT cambia notablemente: por primera vez se define legalmente la categoría de "usuarios vulnerables" (ciclistas, usuarios de patinete eléctrico, peatones y motoristas) y se establecen normas urbanas específicas para protegerlos.

¿Qué cambios se han hecho sobre la normativa?

Casco obligatorio en vías interurbanas: se eliminan todas las exenciones previas para ciclistas en carretera. Posición en ciudad: obligación de circular preferentemente por el centro del carril. Distancia de seguridad: Los vehículos a motor deben mantener al menos 5 metros de distancia cuando circulen detrás de un ciclista en el mismo carril. Sentido de circulación: permitida la circulación en ambos sentidos en calles de un único carril limitadas a 30 km/h si está señalizado. Protección al ciclista: al adelantar a un ciclista, los coches deben reducir la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite de la vía y dejar 1,5 metros de separación.

Edad mínima: fijada en 15 años para poder conducir un VMP. Casco de protección: pasa a ser obligatorio. Chaleco reflectante: obligatorio de noche o en condiciones de escasa visibilidad. Alumbrado permanente: obligatorio llevar las luces encendidas también de día a partir del 1 de octubre de 2027. Circulación fuera de ciudad: permitida exclusivamente por vías segregadas del tráfico (carriles bici o vías ciclistas).

Casco y chaleco reflectante obligatorios en todo momento para quienes desarrollen una actividad laboral o de reparto en bicicleta, patinete eléctrico, ciclomotor o motocicleta.

Chalecos y prendas reflectantes

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Protección urbana: cascos para patinete y bici

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Accesorios de seguridad

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Preguntas frecuentes

Sí, la normativa DGT y las ordenanzas municipales exigen el uso de casco homologado para circular en patinete eléctrico. En bicicleta es obligatorio en vías interurbanas y altamente recomendado en ciudad. Descubre nuestra gama de cascos urbanos.

Sí, todos los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) deben disponer de timbre, luz blanca delantera y luz roja trasera para circular de noche o con visibilidad reducida. Equípate con nuestras luces y timbres.

La reforma del Reglamento General de Circulación establece la edad mínima obligatoria en 15 años para poder conducir un patinete eléctrico.

Quienes utilicen bicicletas, patinetes eléctricos, ciclomotores o motocicletas para desarrollar una actividad laboral o de reparto deben llevar casco de protección y chaleco reflectante obligatorios en todo momento durante su jornada laboral.

Prohibido: está prohibido circular por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles urbanos. Permitido: exclusivamente por las calzadas urbanas autorizadas por la ordenanza municipal. Fuera del núcleo urbano, únicamente se permite la circulación si existe una vía segregada del tráfico, como un carril bici o vía ciclista.

No llevar casco, circular sin alumbrado obligatorio o usar el móvil al volante conlleva multas que oscilan entre los 200 € y 1.000 € según la gravedad de la infracción según la DGT.