Normativa DGT para patinetes eléctricos y bicis urbanas
Guía rápida del Real Decreto 518/2026: conoce el equipamiento obligatorio (cascos, chalecos reflectantes y luces) para circular seguro y sin multas.

Con la incorporación de la reforma del Reglamento General de Circulación (aprobada mediante el Real Decreto 518/2026 y en vigor desde el 1 de octubre de 2026), el enfoque de la DGT cambia notablemente: por primera vez se define legalmente la categoría de "usuarios vulnerables" (ciclistas, usuarios de patinete eléctrico, peatones y motoristas) y se establecen normas urbanas específicas para protegerlos.
¿Qué cambios se han hecho sobre la normativa?
Casco obligatorio en vías interurbanas: se eliminan todas las exenciones previas para ciclistas en carretera. Posición en ciudad: obligación de circular preferentemente por el centro del carril. Distancia de seguridad: Los vehículos a motor deben mantener al menos 5 metros de distancia cuando circulen detrás de un ciclista en el mismo carril. Sentido de circulación: permitida la circulación en ambos sentidos en calles de un único carril limitadas a 30 km/h si está señalizado. Protección al ciclista: al adelantar a un ciclista, los coches deben reducir la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite de la vía y dejar 1,5 metros de separación.
Edad mínima: fijada en 15 años para poder conducir un VMP. Casco de protección: pasa a ser obligatorio. Chaleco reflectante: obligatorio de noche o en condiciones de escasa visibilidad. Alumbrado permanente: obligatorio llevar las luces encendidas también de día a partir del 1 de octubre de 2027. Circulación fuera de ciudad: permitida exclusivamente por vías segregadas del tráfico (carriles bici o vías ciclistas).
Casco y chaleco reflectante obligatorios en todo momento para quienes desarrollen una actividad laboral o de reparto en bicicleta, patinete eléctrico, ciclomotor o motocicleta.
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Preguntas frecuentes
Sí, la normativa DGT y las ordenanzas municipales exigen el uso de casco homologado para circular en patinete eléctrico. En bicicleta es obligatorio en vías interurbanas y altamente recomendado en ciudad. Descubre nuestra gama de cascos urbanos.
La reforma del Reglamento General de Circulación establece la edad mínima obligatoria en 15 años para poder conducir un patinete eléctrico.
Quienes utilicen bicicletas, patinetes eléctricos, ciclomotores o motocicletas para desarrollar una actividad laboral o de reparto deben llevar casco de protección y chaleco reflectante obligatorios en todo momento durante su jornada laboral.
Prohibido: está prohibido circular por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles urbanos. Permitido: exclusivamente por las calzadas urbanas autorizadas por la ordenanza municipal. Fuera del núcleo urbano, únicamente se permite la circulación si existe una vía segregada del tráfico, como un carril bici o vía ciclista.
No llevar casco, circular sin alumbrado obligatorio o usar el móvil al volante conlleva multas que oscilan entre los 200 € y 1.000 € según la gravedad de la infracción según la DGT.





























