Seguros para patinete eléctrico

Información actual
Todos los propietarios de patinetes (o los tutores legales en caso de menores), tienen que inscribir su VMP en el Registro Nacional de Vehículos a través de la sede electrónica de la DGT como paso previo a su aseguramiento obligatorio, establecido la Ley 5/2025 de 24 de julio. Una vez obtenido el certificado de inscripción, el titular podrá adquirir la etiqueta identificativa que deberá colocar en el porta-identificador destinado a tal efecto en el VMP una vez que disponga de ella. Dado que el registro y la inscripción previa de los VMP es requisito indispensable para obtener el seguro obligatorio, los propietarios (o tutores legales en caso de menores) de los más de 4 millones de vehículos de este tipo que se estima circulan por las vías urbanas españolas deberán realizar este trámite administrativo una vez que ya se ha habilitado el procedimiento.
Preguntas sobre los seguros para patinetes
Todos los patinetes eléctricos deberán contar con una póliza que cubra daños a terceros para poder circular legalmente, similar a lo que ya ocurre con coches y motos. De esta manera el usuario del patinete estará cubierto ante accidentes.
La entrada en vigor del seguro obligatorio para patinetes eléctricos supone un cambio importante para la movilidad urbana en España. A partir del 2 de Enero de 2026 será obligatorio disponer de un seguro de responsabilidad civil para tu patinete eléctrico.
Un seguro de responsabilidad civil cubre los daños que una persona pueda haber ocasionado a otra, haya sido de forma deliberada o involuntaria. De esta manera estaremos cubiertos su durante el uso de nuestro patinete ocasionamos un accidente que afecte a terceros.
No. Cubre los daños ocasionados en un accidente por ejemplo, y a los implicados en el mismo. Es un seguro para cubrir la parte accidental que puede ocasionarse en un entorno urbano donde normalmente es utilizado el patinete.