El monocular térmico acoplable clip-on Guide TA451 destaca por ser acoplable a visor diurno, facilitando un rápido montaje y desmontaje sin necesidad de reajustar el visor durante la caza, contando además con distancia de detección hasta 2.800 m. No incluye acople a visor diurno.
Mediante su lente de 50 mm y su sensor de 384 x 288 px con NETD de 40 mK, permite observar con gran detalle y calidad de imagen, combinando además con sus aumentos de 1 a 4x y su pantalla de 1.024 x 768 px, logrando una exploración más allá de los límites.
Con una autonomía de hasta 7 horas, ofrece un prolongado tiempo de uso, además, su batería recargable es extraíble, por lo que su autonomía es ampliable mediante el reemplazo de esta.
Especificaciones:
- Lente 50 mm f/1,2
- Sensor 384 x 288 px 17 μm
- NETD ≤ 40 mK
- Detección ≤ 2.800 m
- Aumentos 1 ~ 4x
- Pantalla OLED 0,39” 1.024 x 768 px 50 Hz
- Autonomía ≤ 7 h (batería recargable extraíble 18650)
- Ángulo 7,5 x 5,6º
- Paleta color en blanco, negro, rojo, hierro, azul y verde
- Modo imagen natural, mejorado e iluminado
- Modo calibración en escena y disparo
- Tamaño 178 x 62 x 83 mm
- Peso ≤ 550 g (sin batería)
Funciones y características:
- Acoplable a visor y seguimiento de punto térmico
- Enfoque manual, rosca estándar para trípode y botones silenciosos
- Idioma inglés
- Temperatura de funcionamiento -30 ~ 50º C
- Protección IP67, resistente al clima, polvo y salpicaduras
Accesorios incluidos:
- Batería recargable 18650
- Cargador
- Cable Micro USB
- Cable vídeo
- Ocular
- Funda
Aviso:
Para formalizar la venta de visores y monoculares acoplables térmicos o nocturnos, deberá enviarnos una copia de su licencia de armas D y su DNI (se le solicitarán una vez formalizada la compra). Además, le informamos que para su uso, es necesario, con carácter previo, una resolución administrativa o autorización extraordinaria del órgano de la comunidad autónoma competente, que le permita el uso de visores y monoculares acoplables térmicos o nocturnos adaptables a armas de fuego, o bien, un permiso nominal que le conceda el titular del espacio cinegético. Cuanto el dispositivo no se esté portando o usando en las anteriores condiciones, deberá ser guardado en el domicilio.